Calendario escolar de la Comunidad Valenciana 2013-2014

calendario escolar comunitata valencianaConviene tener en cuenta las fechas de los días festivos entre semana, puentes y vacaciones escolares de los hijos, que están en el calendario escolar que publica cada año la Generalitat Valenciana, o la Administración competente en cada Comunidad Autónoma, para los centros escolares públicos.
Ello es importante para planificar con la suficiente antelación el reparto del tiempo de convivencia de los hijos con cada progenitor, y para acudir al Juzgado con antelación y con una base firme, en caso de desacuerdo entre los padres, a fin de que sea el Juzgado quien acuerde los días o periodo vacacional que corresponden a los hijos con cada progenitor, a la vista de este calendario oficial.
Estas fechas pueden verse ocasional y ligeramente alteradas en caso de que los hijos acudan a colegios privados.
Este calendario oficial se aplica, por extensión, a hijos que todavía no tengan edad de asistir al colegio y vayan a una escuela infantil o preescolar, para que estos también tengan una norma reguladora
– Calendario Escolar de la Comunidad Valenciana, Calendario Escolar de la Comunidad Valenciana.
Archivo PDF. calendario_escolar-comunidad_valenciana.pdf

Abogado de custodia compartida en Valencia. Ponencia sobre la Custodia Compartida.

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Extracto de la Ponencia del Abogado de Familia Luis Arego Casademunt el 24 de septiembre de 2.011 en Alicante, Sala Felipe II-Castillo de Santa Bárbara, en los actos de presentación de la Asociación Custodia Compartida de Alicante -http://alicantecustodiacompartida.com/-

La Ley 5/11, de 1 de abril, de la Generalitat Valenciana, de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven (DOCV 5 d’abril de 2011, nº 6.495) conocida como Ley Valenciana de Custodia Compartida por haberla implantado en la Comunitat Valenciana, quedó suspendida en su vigencia con ocasión de la admisión del recurso de inconstitucionalidad promovido contra la misma por Presidencia del Gobierno ante el Tribunal Constitucional.
Esta Ley valenciana, a diferencia del Código Civil, establece la custodia compartida como opción preferente para el juez en caso ruptura de la relación, “sin que sea obstáculo para ello la oposición de uno de los progenitores o las malas relaciones entre ellos” según su artículo 5.2.

Por tanto, la suspensión de su vigencia ha producido un aumento considerable de la litigiosidad en materia de familia, con el consiguiente perjuicio para los menores afectados, sus progenitores y las familias extensas. Pues muchos divorcios que estaban negociándose desde estas nuevas posiciones de igualdad se han convertido en contenciosos al suspenderse la vigencia de la nueva ley, ya que al volver a aplicarse los muy restrictivos criterios sobre custodia compartida previstos en el artículo 92 del Código Civil, la parte que espera conseguir una custodia monoparental frecuentemente se niega a negociar y aceptar otra cosa que sus propios dictados, y con la amenaza de acudir a “lo que diga el juez”..

Lee y descarga toda la ponencia completa en formato pdf en:
Custodia Compartida Valencia: Abogados

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Dos abuelas afectadas(VIDEO)

Lunes, 23 de Mayo, 2011

Afectadas por la ley de divorcio y violencia de género

El juez Serrano desmonta las cifras oficiales de Violencia de Género

2011-04-20
violencia de géneroEl presidente de la Plataforma Ciudadana por la Igualdad y juez de Familia de Sevilla, Francisco Serrano, concluye en un informe que las estadísticas del tercer trimestre de 2010 sobre violencia doméstica del Observatorio de Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) «vuelven a ser presentadas de manera sesgada y poco rigurosa«. A su juicio, «contribuye a aumentar la típica confusión interesada que sólo beneficia a los defensores de un discurso puramente ideologizado que sobredimensiona unos datos, esconde otros y termina por desentenderse de la realidad y hasta de las víctimas».
Acceder a los artículos y fuentes de la información:
http://www.libertaddigital.com/sociedad/2011-04-20/el-juez-serrano-desmonta-las-cifras-oficiales-del-observatorio-de-violencia-de-genero-1276421055/
http://www.elmundo.es/elmundo/2011/04/20/andalucia_sevilla/1303295381.html

empadronamiento de menores no emancipadosUn ciudadano español, Jesús Ayala Carcedo, a través del Defensor del Pueblo, ha conseguido que se den nuevas instrucciones a los ayuntamientos españoles para el empadronamiento de menores no emancipados. En el año 2.002, se promulgó la Ley Orgánica 9/2002, de 10 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y del Código Civil, sobre sustracción de menores. Por la misma, se modificaron los artículos 103 y 158 del Código Civil, que permitía pedir y autorizar medidas judiciales que impidiese el desplazamiento de menores.
Este ciudadano, después de diversas gestiones relacionadas con el desplazamiento de una niña desde Burgos a las Islas Baleares, sin que la madre solicitara, previamente, la modificación del convenio que amparaba los derechos de esa menor, solicitó al Defensor del Pueblo que se modificaran las normas de empadronamiento de menores no emancipados, en evitación de los gravísimos conflictos que se producen en estos casos entre padres, y que provocan perjuicios a los hijos así como elevados costes judiciales.
Jesús Ayala ha logrado que la nota informativa sobre la forma de actuación de los ayuntamientos ante el empadronamiento de menores no emancipados con uno solo de los progenitores sea distribuida, junto con un modelo de declaración responsable, a los presidentes y secretarios de las secciones provinciales del Consejo de Empadronamiento, ubicadas en las delegaciones provinciales del INE, para su conocimiento y a efecto de que a su vez den traslado de las mismas a los ayuntamientos de la respectiva provincia. También se ha informado de estos cambios a los responsables del Padrón del Instituto Nacional de Estadística.
“La importancia de todo esto es que el modelo de declaración responsable, tiene efectos legales probatorios, en su caso, de falsedad documental, y se contempla que se requiera autorización judicial previa para el desplazamiento de menores no emancipados, que antes no se contemplaba”, señala Ayala.
“Solicitar que cualquier cambio de domicilio se haga con autorización judicial previa no es quitar ningún derecho a nadie, sino impedir que los convenios de menores sean papel mojado, y prevenir gravísimos problemas, con costos emocionales y económicos tremendos”, añade la misma fuente.
Hasta ahora, la tenencia de la guardia y custodia del menor permitía a la madre desplazarse con ellos a cualquier punto de España o del extranjero, sin autorización previa. Lo que cambia ahora es que los padres podrán reclamar judicialmente la autorización previa. “Si la conceden en sentencia o disposición judicial, esos niños tienen una protección legal ante esos desplazamientos”, recalca Ayala, quien adVierte de que los incumplimientos a partir de ahora llevarían aparejadas “consecuencias legales”.

ley valenciana de custodia compartidaAlicante- Un juzgado de Elche dictó la primera sentencia que aplica la Ley Valenciana de Custodia Compartida. Así, la juez estableció el divorcio, el ejercicio compartido de la patria potestad y el régimen de convivencia compartida de «forma progresiva» de los padres ante la falta de acuerdo entre las partes y como consecuencia de la corta edad de la menor, nueve meses.
Ley Valenciana de Custodia Compartida. Tal y como señaló la jueza, ambos progenitores tienen trabajos que les permiten conciliar la vida familiar y laboral, así como sus respectivos domicilios en propiedad y en el mismo municipio, por lo que, pese a la pretensión de la madre -que solicitaba un régimen de convivencia individual-, manifestó que «ha de fijarse» un régimen de convivencia compartida.
Ley Valenciana de Custodia Compartida. Según señala la sentencia, «debe tenerse en cuenta que la separación prolongada de los menores de cualquiera de ambos progenitores durante los primeros seis años de vida no resulta beneficiosa».

encuesta Custodia CompartidaResultados de la Encuesta sobre Custodia compartida en TVE2: Programa «Para todos la 2»
Encuestas en RTVE La custodia compartida
¿Está bien la custodia compartida?
Para todos La 2 – martes 27 de abril del 2010
Sí 96.5%
No 3.5%
Ver artículo completo y fuente original en RTVE:
http://www.rtve.es/television/encuesta/20100423/custodia-compartida/resultado-19012.shtml

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